REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 01 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO: NP11-L-2007-001692
Demandante: EDGAR ORLANDO NAVARRO AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.253.518
Demandada: UNITRONIC, C.A.
Abogada Asistente: YASMORE PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el
No. 76.152

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano EDGAR ORLANDO NAVARRO, parte demandante en la presente causa, asistido a por la abogada YASMORE PEÑA, inscrita en Inpreabogado bajo el No. 76.152, donde consigna, en tres (3) folios útiles, marcados “A”, “B” y “C”, acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, donde consta que la ciudadana LILA RENATA NARVAEZ VALERIO, plenamente identificada, en su carácter de persona autorizada por el Presidente de la empresa UNITRONIC, C.A; ciudadano OSVALDO RAMON NARVAEZ, le canceló las prestaciones sociales, con cheque del Banco Banesco, consignado su copia en anexo marcado “C”, la cantidad de 1.200,00 Bs. Fuertes, por concepto de diferencia de prestaciones sociales, aceptando conforme dicho trabajador, a la vez que solicita del Tribunal, que dichos recaudos sean agregados a los autos, y ordene EL CIERRE Y ARCHIVO DE LA PRESENTE CAUSA. En tal sentido, este Tribunal, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordena el archivo del presente expediente, cuya causa se encontraba en estado de notificación de la parte demandada. Cúmplase. -
El Juez Temporal

Abg. Ramón Velásquez El Secretario (a)