REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 10 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-003299
ASUNTO : NP01-P-2006-003299

Corresponde a quien aquí decide pronunciarse en relación a la presente causa, en la cual fue consignado un CERTIFICADO DE DEFUNCION relacionado con quien en vida respondiera al nombre de VEGAS JOSE RODULFO, Indocumentado, observándose al respecto:

Al mencionado ciudadano se le seguía la presente causa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, y en fecha 04 de Julio de 2008, este Tribunal acordó una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION DE DOS (02) FIADORES, materializándose su libertad, en fecha 09 de Julio del mismo año.-

Ahora bien, se encuentra la presente causa para la Constitución del Tribunal Mixto a los fines de realizar el Juicio Oral y Público, en contra no sólo del mencionado acusado (VEGAS JOSE RODULFO), sino también de los acusados DAVID ALEXANDER PEREZ VELIZ y DEIBIS JOSE TOCAL MAESTRE; y en este estado procesal, se recibió de parte de la ciudadana Defensora Pública Décima Penal del Estado Monagas, en su condición de defensora de JOSE RODULFO VEGAS, COPIA CERTIFICADA de DEFUNCION del mismo, el cual quedó plenamente identificado, y cuya fecha de defunción fue el 27 de Octubre de 2008 en la vía pública en la localidad de Boquerón Maturín Estado Monagas. Y según se evidencia en dicho Certificado, la causa de la muerte fue debido a Hemorragia Subdural a consecuencia de Herida por Arma de Fuego recibida en la cabeza. Siendo certificado el mismo por la Dra. Zeyna Villanueva, titular de la cédula de identidad N° 9.860.521 quien presta sus servicios en el Hospital Dr. Manuel Nuñez Tovar.-

Ahora bien, como quiera que es causa de EXTINCION DE LA ACCION PENAL, la muerte del imputado, tal como se establece en el ordinal 1° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual trae como consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a tenor del ordinal 3° del artículo 318 ejusdem, este Tribunal PRIMERO DE JUICIO DEL ESTADO MONAGAS, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

UNICO: Se DECRETA el SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a quien en vida respondiera al nombre de JOSE RODULFO VEGAS, Indocumentado, soltero, obrero, natural del Estado Monagas, hijo de Cesaria Vegas (v) y Cervio Guapilla (v), por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de EDUARD JOSE SANTOYA ROBINSON, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, por muerte del mismo, todo a tenor de lo establecido en los artículos 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y ordinal 3° del 318 ejusdem.-

Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese. Igualmente, solicítese a la Oficina de Participación Ciudadana las resultas del SORTEO EXTRAORDINARIO realizado en fecha 06 de Junio de 2008.-
La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-

La Secretaria,
Abg.