REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

Mediante decisión se declaró Improcedente la solicitud de sustitución de la medida de coerción personal que obra contra el acusado ciudadano ERWIN ALBERTO MUÑOZ SIFONTES, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.722.024, formulada por su persona. Se AUTORIZA el traslado para el día Lunes Ocho (08) de Diciembre de 2008 a las 7:00 Horas de la Mañana, del acusado YAMIL AVILAN, para Servicio Cardiopulmonar del Centro cardiovascular Oriental Dr. Miguel Hernández y sea evaluado por un médico distinto al Dr. Jesús Acevedo. Se AUTORIZA el traslado de los acusados LORENZO PINTO y ELDEL MUÑOZ, para el martes Nueve (09) de Diciembre de 2008 a las 7:00 de la mañana, a Saber, Edel Muñoz para Especialista Gastroenterología del Hospital Manuel Núñez Tovar y Lorenzo Pinto para el Servicio Cardiopulmonar del Centro cardiovascular Oriental Dr. Miguel Hernández. Hágase lo conducente.-