REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.-
Maturín, 18 de Enero del año 2008.-
197º y 148º
Vista la anterior solicitud, y los recaudos acompañados, incoada por el ciudadano LUIS VILLASANA BASTARDO, venezolano, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad, V- 3.328.039, asistido por el Abogado FELIX URBAEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 66.433; mediante la cual demandó la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, del ciudadano CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio (hoy parroquia) San Simón, Distrito (hoy Municipio) Maturín del Estado Monagas, bajo el Acta Nº 33, Folio 33 del año 1.976.- Expone el compareciente lo siguiente:
Que al momento de levantar la respectiva ACTA DE DEFUNCION, por ante el Registro señalado, se incurrió en los errores 1.- De colocar su nombre y apellido como: LUIS ZERPA BASTARDO, siendo lo correcto LUIS VILLASANA BARTARDO, 2.- El nombre y Apellido de su Padre (Difunto) como: CRUZ RAMON ZERPA, siendo lo correcto CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA, 3.- y el nombre de la madre de su difunto padre como ALEJANDRINA ZERPA, siendo lo correcto ALEJANDRA ZERPA.
Ahora bien, por cuanto se evidencia tanto del escrito de demanda como de los recaudos acompañados que efectivamente se incurrió el error material señalado y visto que no hay interesados en tal solicitud ni en la decisión que sobre ella recaiga, este Tribunal acuerda tramitarla conforme a lo dispuesto por el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, así como el 774 eiusdem, en concordancia con los Artículos 505 y 506 del Código Civil, prescindiendo de la publicación del Edicto de Emplazamiento a interesados y de la notificación de la fiscal del Ministerio Público.- En consecuencia, pasa a considerar la solicitud presentada, y efectivamente se observa que al momento levantar la referida ACTA DE DEFUNCION, se incurrió en los errores 1.- De colocar su nombre y apellido como: LUIS ZERPA BASTARDO, siendo lo correcto LUIS VILLASANA BARTARDO, 2.- El nombre y Apellido de su Padre (Difunto) como: CRUZ RAMON ZERPA, siendo lo correcto CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA, 3.- y el nombre de la madre de su difunto padre como ALEJANDRINA ZERPA, siendo lo correcto ALEJANDRA ZERPA. En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION del ciudadano CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley, se ordena al ciudadano del Registro Civil, de la Parroquia Boquerón del Municipio Maturín del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo Estado, rectifique el Acta de Defunción del ciudadano CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA, inserta en los Libros de Registro Civil de Defunción, llevados por ante el en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio (hoy parroquia) San Simón, Distrito (hoy Municipio) Maturín del Estado Monagas, bajo el Acta Nº 33, Folio 33 del año 1.976, en el punto señalado es decir, 1.- Su nombre y Apellido es LUIS VILLASANA BASTARDO, y 2.- el nombre y apellido de su padre (difunto) es CRUZ RAMON VILLASANA ZERPA, y el nombre y apellido de la madre de su difunto padre es ALEJANDRA ZERPA. Y ASI SE DECIDE.-
Remítase a las Autoridades de La Primera Autoridad Civil correspondiente las copias certificadas de la presente decisión, debidamente ejecutada a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 502 y 506 del Código Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a la fecha señalada ut supra Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación
El Juez,
Abg. Gustavo Posada
La Secretaria,
Abg. Dubravka Vivas
En esta misma fecha, siendo las 02: 31 de la Tarde, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Dubravka Vivas


Exp. Nro. 12.476 GPV/Licett.-