MEDIDA DE SECUESTRO
En horas de Despacho del día de hoy 10 de Enero de 2008, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el Ciudadano JUAN JOSE CARRASQUEL, debidamente asistido por el Abogado LUIS JOSE MUZIOTI, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 6951, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante “DIESEL ORIENTE C.A., a los fines de materializar la Medida de Secuestro sobre un inmueble ubicado en el Sector Centro, Carrera 10 (antes de la calle Barreto) cruce con la calle 20 (antes calle Páez), casa N° 30 de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, alinderada así: NORTE: Carrera 10 antes de calle Barreto; SUR: Su fondo correspondiente en doce metros con cinco centímetros; ESTE: Casa que es o fue de EMILIO AZALLINI, en quince metros con once centímetros y OESTE: Calle 20 ante Calle Páez su otro frente en quince metros con sesenta centímetros, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de REINVINDICACIÓN, intentado contra BRIGIDA ELEONORA GOMEZ y siendo las 9:40 a.m., se constituyó el Tribunal en la dirección arriba mencionada. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas comandada por Cabo primero EDGAR MAICAN, titular de la cédula de identidad Nro. 10.300.205. En este acto el Tribunal designa como Perito Avaluador al Ciudadano JOSE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 4.719.218, Y como Depositaria Judicial al Ciudadano ROBERT VILLAROEL, titular de la cedula de identidad N° 8.363.873, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. Presente la ciudadana BRIGIDA ELEONORA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.774.80. En este acto interviene la Ciudadana MARIA FERNANDA CARRERA, venezolana, mayor, de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.216.548, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 126.391, quien expone: Consigno en este acto oficio N° 7654, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas, mediante el cual decretaron Amparo de Posesión a la Ciudadana BRIGIDA ELEONORA GOMEZ, anteriormente identificada. Se deja constancia que estuvo presente la Ciudadana MARLENE RODRÍGUEZ DE ARREAZA, titular de la cedula de identidad N° 8.359.692, en su carácter de Defensora del Consejo Municipal de los Derechos del Niño y del Adolescente. Seguidamente interviene el Tribunal: Visto el oficio consignado por la Abogada MARÍA CARRERA, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas, mediante el cual decreta Amparo a la Posesión Legitima a favor de la Ciudadana BRIGIDA GOMEZ, en el inmueble objeto de la litis, este Tribunal le da entrada y admite en este acto el amparo decretado en el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil y Mercantil del Estado Monagas, Por lo tanto este Tribunal se abstiene de practicar la presente medida hasta tanto se resuelva la incidencia planteada en este acto y acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal correspondiente para que sea este quien decida. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto.