REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 11 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO: NP11-L-2007-001508
Demandante: RICHARD ANTONIO NAVARRO CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 17.780.252
Demandada: GRANJA AVICOLA CHICHI, C.A.
Abogado asistente: RAMON MEDINA ESPINEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el
No. 84.088

Vista la diligencia suscrita por representante de la empresa demandada ciudadana MARITZA COLUCCI, asistida por el abogado en ejercicio AXEL TRUJILLO, inscrito en Inpreabogado bajo el No. 91.738, donde hace entrega al ciudadano RICHARD NAVARRO, parte demandante en la presente causa, asistido igualmente por el abogado en ejercicio DAVID OSUNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 100.665, de la cantidad de VEINTITRES MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 23.000.000,00), correspondientes al pago de sus prestaciones sociales, cuya causa se encontraba en estado de Audiencia Preliminar, prolongada para el día jueves 17 de Enero de 2008. En tal sentido, este Tribunal, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase. -
El Juez Temporal

Abg. Ramón Velásquez El Secretario (a)