REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
197° y 148°


N° DE ASUNTO: NP11-L-2007-001399
PARTE ACTORA: CARLOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.894.433 de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE MORANDI Y OTROS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.408.
PARTE DEMANDADA: PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A.

Vista el acta de fecha 06 de febrero de 2008, que riela en el folio 41 del expediente, donde el Tribunal se reservo cinco días para pronunciarse respecto a lo alegado por la Apoderada Judicial de la empresa demandada sobre la falta de competencia de este juzgado por el territorio, este juzgador analizando las actas procesales, se pronuncia de la siguiente forma: se puede observar que consta en auto diligencia consignada por el alguacil Jorge Sabala de fecha 21 de enero de 2008 , donde deja constancia de la notificación realizada a la empresa y recibida por la Recepcionista, donde manifestó que la empresa cambio de nombre (WEATHEFOR), aunado a ello para el día que estaba fijada el inicio de la Audiencia Preliminar, los Apoderados Judiciales de la empresa PRECISION DRILLING VENEZUELA, C.A., se presentaron a la misma convalidando de esta forma la notificación, conforme a los principios del artículos 5 de la Ley Orgánica Laboral, a los efectos de tener este Juzgador la convicción necesaria, el tribunal de conformidad con el artículo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Laboral y el artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, que la falta de Competencia se puede declarar en cualquier grado e instancia del proceso, y como la Audiencia Preliminar tiene un tiempo de duración de cuatro (04) meses, por todo lo antes expuesto este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela se declara COMPETENTE, para conocer de la presente causa, por tal motivo fija la Prolongación de la Audiencia para el día lunes 03 de marzo de 2008 a las dos 02:00 de la tarde. Es todo.
EL JUEZ PROVISORIO

Abg. JOSE L. ADRIAN MATA LA SECRETARIA