REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

198 Y 149

DEMANDANTE: MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO
DEMANDADO: VENECIA & SERVICES, C.A. (V.S. & C.A)
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA
EXPEDIENTE: 30.085


Visto el desistimiento consignado en el presente juicio de EJECUCION DE HIPOTECA, intentado por MI CASA E.A.P, C.A contra VENECIA & SERVICES, C.A. (V.S. & C.A), del expediente N° 30.085, representados en este acto por la ciudadana CHEILY CHERCIA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.583, de este domicilio, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la aprobación y Homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes, téngase la presente como Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. El tribunal acuerda expedir copia certificadas solicitadas y entrégueseles a las partes a los fines legales consiguientes.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

LA SECRETARIA,
Abog. YOHISKA MUJICA,
Exp: 30.085
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