REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín 04 de Julio del 2008

197° y 149°

EN SU NOMBRE:
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determinan como partes en el presente Juicio a las siguientes Personas:
PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL FERRO & LOPEZ BIENES Y RAICES C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: VICTOR ROBERTO LOPEZ HULIAN, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el N° 82.196, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: HERNAN MOSQUEDA ESCOBAR
(Quien no Tiene Apoderado Constituido).

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

EXPEDIENTE N° 14.578

Visto el Desistimiento de fecha 03 de Julio del 2008, suscrito por el ciudadano: VICTOR ROBERTO LOPEZ HULIAN, respectivamente ya identificado y expone a los fines de dar por terminado el presente juicio, la parte demandante celebra un Desistimiento en los términos que en el se explana, igualmente solicita del Tribunal la Homologación del presente Desistimiento, en tal sentido solicita que una vez homologado.
ESTE TRIBUNAL OBSERVA:


Visto el Desistimiento por la parte interviniente en el presente juicio, la Sociedad Mercantil FERRO & LOPEZ BIENES Y RAICES, quien tiene como Apoderado Judicial al Abogado: VICTOR ROBERTO LOPEZ HULIAN, Parte demandante en el presente juicio, así mismo se acuerda la devolución de los documentos anexos que acompañaron al libelo de la demanda previa certificación en autos y por cuanto se observa que el auto composición procesal planteada no resulta no resulta contrario a derecho, se le imparte su HOMOLOGACION, ello de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil y así se decide este Juzgado Segundo de los Municipios Maturina Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. MARIA BALBINA CARVAJAL NARVAEZ



LA SECRETARIA ACC.


ABG. MAITEE COVA UGAS




EXP. N° 14578
MBC/Milagros