ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.008-1013
PARTE ACTORA: Ciudadano, MANUEL HERNANDEZ CELIS venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 10.040.804, asistido por el Abogado ROSA SIFONTES, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 100.439.
PARTE DEMANDADA: CONSULTORA Y CONSTRUCTORA INCENTER, C.A .
APODERADO JUDICIAL: Abogada PEDRO GAMBOA, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 58.392.-
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MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 29 de Julio de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano MANUEL HERNANDEZ CELIS venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 10.040.804, asistido por el Abogado ROSA SIFONTES, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 100.439, también compareció el abogado PEDRO GAMBOA, apoderado judicial de la demandada, quien presentó poder original y copia a los fines de su certificación. La parte actora alega que le cancele los montos correspondientes al concepto de prestaciones sociales en la cantidad Bs. F. 7.436,19 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar a la accionante la cantidad total de Bs. F. 6.996,19; el cual será pagado el día de hoy mediante cheque del Banco Caroní, cuenta n° 0128-0058-45-5802017102, cheque N° 14349464. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada y recibe en este acto el cheque antes descrito, por la cantidad de Bs. F. 6.996,19.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.


LAS PARTES COMPARECIENTES. EL SECRETARIO