REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas


En horas de despacho del día de hoy Lunes veintiocho (28) de Julio de 2008, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio la Audiencia de Juicio, en la causa signada con el N° NP11-L-2008-000496 que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales, tiene incoado el ciudadano: Daniel Javier Jiménez González, contra la Empresa Gold Play Fajardo. Dándose inicio a la audiencia, se dejo constancia de la grabación del acto con video grabadora. Seguidamente la Secretaria de este Tribunal pasa a dejar constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; En virtud de lo antes expuesto la Jueza que preside este digno Tribunal, expone: Vista la incomparecencia de ambas partes al inicio de la presente Audiencia de Juicio, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara: Extinguido el Proceso, en la causa seguida por el ciudadano: Daniel Javier Jiménez González, contra la Empresa Gold Play Fajardo. De conformidad con lo dispuesto en el último aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena incorporar la presente Acta al expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.-

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil ocho (2008). Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Jueza Titular,

Abg. Carmen Luisa González.
La Secretaria,