REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS
CORTE DE APELACIONES

Maturín, 24 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : NK01-X-2008-000013
ASUNTO : NG01-X-2008-000013
Ponente: DR. LUIS JOSÉ LÓPEZ JIMÉNEZ.


Corresponde a esta instancia conocer y decidir la incidencia planteada por la Ciudadana Abogada FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA, Jueza Superior de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, quien con fundamento en lo estipulado en el numeral 8° del artículo 86, en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se INHIBIÓ de conocer la causa signada con el Nº Nk01-X-2008-000013, correspondiente a la Recusación interpuesta por la Abg. KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en contra del Abg. MANUEL ENRIQUE PADILLA, Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, en el asunto principal Nº NK01-P-2003-000147, que se le sigue al Ciudadano JOSE ANTONIO RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado de Ganado y Suspensión de Guía de Movilización, en perjuicio del Ciudadano RAFAEL ANTONIO D´ELIAS SILVA, por los motivos up supra.

De conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde conocer y decidir a quien suscribe como Ponente el presente fallo, todo lo cual se hará previa las siguientes consideraciones:

ANTECEDENTES
En fecha 17/03/2.008, la Ciudadana Abogada FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA, mediante Acta se Inhibe de conocer el asunto NK01-X-2008-000013, correspondiente a la Recusación interpuesta por la Abg. KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en contra del Abg. MANUEL ENRIQUE PADILLA, Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, en el asunto principal Nº NK01-P-2003-000147, que se le sigue al Ciudadano JOSE ANTONIO RODRÍGUEZ; y dado el estado anímico que abrigo en contra de los profesionales del derecho KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, compañera de vida marital y del Abogado LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ, que en anteriores oportunidades se ha abstenido de conocer las causas en las cuales los mencionados Abogados, tienen cualidad de Defensores Privados, y en virtud de el lazo familiar que une a los mencionados ciudadanos, alegando la Jueza Inhibida que su imparcialidad se encuentra perturbada en razón de que el Abogado LUIS ENRIQUE RODRÍGUEZ ACEVEDO interpuso en su contra como Jueza de esta Corte una denuncia ante la Inspectoría General de Tribunales, en la cual constan aseveraciones e imputaciones las cuales en su contenido y calidad trascienden del simple relato de acontecimientos; así como de los hechos jurídicos y realidades desarrolladas en torno a la causa signada con el Nro. NK01-X-2008-000013.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

En primer lugar, es evidente que sobre la incidencia que comprende el presente fallo [la Inhibición de la Jueza FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA], se aprecia que consta en la Secretaría de la Corte de Apelaciones que en fecha 12/01/2004, la Abg. IGINIA DEL VALLE DELLAN MARÍN, en decisión contenida en la Causa Principal Nro. NG01-R-2003-000004 (As-861-03), declaró CON LUGAR la incidencia de Inhibición que planteara la misma Jueza por motivaciones de igual trascendencia y que se refieren a la Abogada KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, por lo que tales argumentos judiciales mantienen su vigencia para el presente caso. Y así se declara.

En consecuencia, lo procedente es declarar CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA, de conocer la causa signada con el Nº NK01-X-2008-000013, correspondiente a la Recusación interpuesta por la Abg. KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en contra del Abg. MANUEL ENRIQUE PADILLA, Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, en el asunto principal Nº NK01-P-2003-000147, seguida al Ciudadano JOSE ANTONIO RODRÍGUEZ.
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA, Jueza Superior de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, para conocer la causa signada con el Nº NK01-X-2008-000013, contentivo de la Recusación interpuesta por la Abg. KISBELL GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, en contra del Abg. MANUEL ENRIQUE PADILLA, Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, en el asunto principal Nº NK01-P-2003-000147, seguida al Ciudadano JOSE ANTONIO RODRÍGUEZ.
Segundo: Se ordena solicitar de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal la convocatoria de un suplente a los fines de que conforme una Sala Especial de la Corte de Apelaciones, en sustitución de la Abogada FANNI JOSÉ MILLÁN BOADA. Agréguese copia certificada de la presente decisión al asunto de recusación NK01-X-2008-000013.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.- Fecha ut supra.-
EL JUEZ PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES,

ABG. LUIS JOSE LÓPEZ JIMÉNEZ

LA SECRETARIA,

ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.-
LA SECRETARIA

ABG. SOPHY AMUNDARAY BRUZUAL
LJLJ/SAB/yoly