REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2007-004445
ASUNTO : NP01-P-2007-004445

Ratificada y corregida como ha sido la acusación privada interpuesta por el ciudadano: OSMAL BETANCOURT NATERA, en la causa signada con el N° NP01-P-2007-004445; en contra de la ciudadana ZAIDA SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.025.509, de 58 años de edad y domiciliada, en la Avenida 1 N° 36, al lado de La Iglesia Triunfante en Cristo, en la Urbanización Guaritos II Maturín Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION E INJURIA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 442, 444 y 445 del Código Penal Venezolano. Estudiada la misma y verificado como ha sido el cumplimiento por parte del Querellante de los requisitos exigidos en el artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que puede argüir este Órgano Jurisdiccional que lo procedente y ajustado a derecho es Admitir la referida Acusación Privada y dando cumplimiento a lo pautado en el encabezamiento del artículo 409 Ejusdem se confiere desde este momento procesal al acusador ciudadano: OSMAL BETANCOURT NATERA, la condición de parte Querellante para todos los efectos legales. Como corolario se ordena librar boleta de citación a la acusada ciudadana: ZAIDA SOLORZANO para que comparezca ante este Tribunal, a objeto de designar defensor en el presente juicio, compulsese copia certificada de la acusación y del auto de admisión y anéxese a la boleta de citación librada a la referida acusada. Y Así se decide.-
DIPOSITIVA
Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Admite la acusación privada interpuesta por el ciudadano: OSMAL BETANCOURT NATERA, en la causa signada con el N° NP01-P-2007-004445; en contra de la ciudadana ZAIDA SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.025.509, de 58 años de edad y domiciliada, en la Avenida 1 N° 36, al lado de La Iglesia Triunfante en Cristo, en la Urbanización Guaritos II Maturín Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION E INJURIA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 442, 444 y 445 del Código Penal Venezolano, y dando cumplimiento a lo pautado en el encabezamiento del artículo 409 Ejusdem se confiere desde este momento procesal al acusador ciudadano: OSMAL BETANCOURT NATERA, la condición de parte Querellante para todos los efectos legales. Como corolario se ordena librar boleta de citación a la acusada ciudadana: ZAIDA SOLORZANO para que comparezca ante este Tribunal, a objeto de designar defensor en el presente juicio. Compulsese copia certificada de la acusación y del auto de admisión y anéxese a la boleta de citación librada a la referida acusada. Librese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ

ABG RAQUEL GARCIA BELLORIN

LA SECRETARIA

ABG ANGELICA BARILLAS