REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, catorce (14) de marzo de dos mil ocho (2 008)
197º y 148º

ASUNTO: NP11-L-2007-001687
PARTE DEMANDANTE: HERNAN RAFAEL RODRÍGUEZ REYES C.I. N° 9.296.254( NO COMPARECE)
APODERADOS NO COMPARECE
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES CALL (NO COMPARECE)
APODERADOS/ /REPRESENTANTES NO COMPARECE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En fecha diez (10) de diciembre del año dos mil siete (2007), el Ciudadano HERNAN RAFAEL RODRÍGUEZ REYES asistido por la abogada MAIRYN MARQUEZ I.P.S.A. N° 86.563 (Procuradora De Trabajadores) interpone demanda en contra de la Empresa INVERSIONES CALL, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Recibido por este Tribunal en esa misma fecha, se procedió a Admitir la demanda y se libraron los Carteles de Notificación. Transcurrido el lapso correspondiente para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó el inicio de la Audiencia para el día de hoy. Este Juzgado dejó constancia en acta, que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo a la hora fijada, NO COMPARECE el accionante ni la parte demandada ni por si ni por medio de Apoderado Judicial Alguno. Vista la no comparecencia de ambas partes, esta Juzgadora debe aplicar la consecuencia jurídica establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso. El Tribunal antes de decidir hace la siguiente consideración: El Desistimiento es el acto de abandonar la Instancia, la acción o cualquier otro trámite del procedimiento por consiguiente este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, Publíquese y Regístrese

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008). 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN

LA JUEZA


Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ




LA SECRETARIA (O)

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-