REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, cuatro de marzo de dos mil ocho
197º y 149º



ASUNTO : NP11-C-2008-000007


Por cuanto se encuentra vencido el lapso de los dos (02) días hábiles siguientes, concedido al ciudadano ANDRES JOSE AGUILERA RONDON, titular de la cédula de Identidad N° 8.637.677 en su carácter de accionante y/o sus apoderados judiciales, los abogados ARMANDO QUIJADA y GILBERTO AREYAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s 46.748 y 52.940, respectivamente, para que presten la colaboración necesaria a los fines de trasladar el bien señalado en el particular 10, denominado Tanque con agitador 2x2x2, Serial M:4121811c, valorado en Bs.F. 6.000,00, el cual fue conferido en depósito en fecha 15 de Febrero de 2008, en virtud de la medida de embargo ejecutivo decretada, y de acuerdo al desistimiento realizado por el ciudadano RUBEN MORENO, representante de la Depositaria Judicial Monagas, C.A.; en consecuencia, este Tribunal resuelve, desincorporar el bien antes señalado y como resultado se excluye de la medida de embargo, quedando la misma por la cantidad de (Bs. 116.542,02).-

La Jueza,


Abog. Marileudis Gallardo
Secretario (a)

Abog.


MG/mg.-