N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2008-000339.
PARTE ACTORA: STHER BERMUDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.512.134 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado , venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: MILITZA ARCIA Y CONSORCIO PROMOTING.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. ROSA GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 88.524 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy (25) de Marzo de 2008, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la Abog. ROSA GARCIA, antes identificada, por la parte demandada. Se deja constancia de que la parte demandante no compareció a esta audiencia ni por si, ni por medio de sus Apoderados Judiciales. Este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado e1 proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Siendo las 11:15 P.M. se cierra el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Se hace constar que el lapso para ejercer los recursos a que haya lugar empezará a contarse a partir del día hábil después de publicada esta Sentencia.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.

LA PARTE DEMANDADA ASISTENTE. .


EL SECRETARIO (A)