ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2007-001322.
PARTE ACTORA: ZOHA MARIA ARCIA, MARIA GONZALEZ, JHOANNA BRAVO, YOHELI MOLINA, ROSAIGIL MUNDARAIN, ELBA JEANETH MARTINEZ, YUNETSY FUENTES Y DAYANA HERRERA, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.151.111, 19.297.518, 12.792.239, 14.972.849, 14.579.598, 11.667.215, 14.010.164 y 15.323.519 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado CARLOS URRIOLA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 43.268 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA GABRIELA MISTRAL, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. MARINES JOSE VELASQUEZ ARAGUAYAN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 90.710 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy (03) de Marzo de 2008, siendo las 02:15 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas TANIA LUNA Y THANIA ORTIZ LUNA, titutlares de las cédulas de identidad Nros.9.399.121 y 17.933.848, en sus condiciones de Presidenta y Administradora de la parte Demandada, debidamente asistidas por la Abog. MARINES JOSE VELASQUEZ ARAGUAYAN, antes identificadas, por la parte demandada. Se deja constancia de que la parte demandante no compareció a esta audiencia ni por si, ni por medio de sus Apoderados Judiciales. Este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado e1 proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Siendo las 02:30 P.M. se cierra el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Se hace constar que el lapso para ejercer los recursos a que haya lugar empezará a contarse a partir del día hábil después de publicada esta Sentencia.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.

LA PARTE DEMANDADA ASISTENTE. .


EL SECRETARIO (A)