REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 5 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NJ01-P-2003-000017
ASUNTO : NJ01-P-2003-000017


Por recibido el oficio Nº CTC 225-08 emanado del Centro de Tratamiento Comunitario Francisco de Miranda, suscrito por la Lic. Marisol González, en su carácter de Directora encargada, mediante el cual requieren para el penado RIVERO ZAPATA WILLIAMS, titular de la cédula de identidad Nº 13.475.810, unos permisos ordinarios de los meses Mayo, Junio y Julio 2008, este Tribunal se aboca al conocimiento de la causa y observándose lo siguiente:

Ahora bien, de la revisión del informe evaluativo remitido a este despacho por la directora encargada del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, de esta ciudad; se desprende que el Penado mencionado ut supra ha evidenciado progresividad conductual en el área familiar, disciplinaria, personal y laboral; presentando en general una conducta ajustada a las condiciones del régimen a que se encuentra sometido, es colaborador y organizado; motivos por los cuales este Tribunal considera que es procedente otorgarle los permiso solicitado por el Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento en referencia, en virtud de que se encuentran llenos los requisitos exigidos por el artículo 47, 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, quedando sujeto a las siguientes condiciones:
1. Continuar aceptando en forma favorable el proceso de resocialización.
2. Continuar cumpliendo con las normas del Centro de Tratamiento Comunitario.
3. No reunirse con personas incursas en el mundo delictivo.
4. No ingerir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes ó psicotrópicas.
5. Cumplir con las condiciones que le imponga el delegado de prueba.
6. Mantener estabilidad laboral y conductual.
7. Cumplir con las condiciones que establece el Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitarios;

DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR permisos para los fines de semana de 09-05-08 al 11-05-2008, 16-05-2008, al 18-05-2008, 23-05-2008, al 25-05-2008, 30-05-2008 al 01-06-2008, 06-06-2008 al 08-06-2008, 13-06-2008 al 15-06-2008, 20-06-2008 al 22-06-2008, 27-06-2008 al 29-06-2008, 04-07-2008 al 06-07-2008, 11-07-2008 al 13-07-2008, 18-07-2008 al 20-07-2008 y 25-07-2008 al 27-07-2008; CON SUPERVISIÓN MEDIA, al Penado RIVERO ZAPATA WILLIAMS, titular de la cédula de identidad Nº 13.475.81, todo de conformidad con los artículos 47, 49 y 50 del Reglamento Interno de Centros de Tratamientos Comunitarios; en consecuencia, Líbrese Oficio al ciudadano Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, a fin de que le sea comunicado al Penado RIVERO ZAPATA WILLIAMS, haciendo expresa mención que no podrán ser por un lapso mayor de 48 horas, por lo que los mismos serán saliendo del Centro de Tratamiento Comunitario los días viernes a las 06:00 horas de la tarde y retornando al mismo los días domingo a las 06:00 horas de la tarde, y con la obligación de pernotar en la Calle Principal de Boqueron, El Zorro, Nº 64, Maturin Estado Monagas. Asimismo se deja constancia que los dias 02-05-08 al 04-05-08, se considera inoficioso acordarla en virtud de que ya trascurrieron dichos dias. Notifíquese al penado que debe comparecer a este Tribunal a objeto de suscribir acta de compromiso, y remítase copia de lo decidido. Notifíquese, a las partes. Remítase copias certificadas del presente auto al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda” de esta ciudad. Cúmplase.
LA JUEZ.

Abg. ODULIA RUIZ BELMONTE


LA SECRETARIA,

ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ