REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, Diecinueve (19) de Mayo de Dos Mil Ocho.
197° y 149°

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

DEMANDANTE: DAGOBERTO VALDEZ CAMACHO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.020.182 y de este domicilio.

APODERADO: FERNANDO RAFAEL SOTO, en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 52.078.

DEMANDADOS: LUIS MONTEROLA Y XIOMARA ALDANA, Venezolanos, mayor de edad y de este domicilio respectivamente titulares de las cédula de identidad Nos. 6.837.096 y 6.196.639

APODERADOS: EDUARDO JOSE RODIGUEZ y ANDRES SALAZAR, en ejercicio y de este domicilio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 58.402 y 45.293 respectivamente.


ASUNTO: SERVIDUMBRE DE PASO (AGRARIO).

Exp. 661
ÚNICO

De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa se observa que, en la sentencia dictada por el Juez Superior Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha 15 de mayo de 2007 (F. 431 al 439) dejó sin efecto Jurídico las actuaciones dictadas con posterioridad a la Audiencia Oral y Pública, donde se ordenó la reposición de la causa, de tal manera que mal puede este Juzgador dictar un auto donde se niegue la reposición de la causa basado en una disposición que fue declarada nula por el Juez de Alzada. En consecuencia este Tribunal visto que en fecha 12 de mayo de 2008 (F. 65) negó previa solicitud de parte interesada tal pedimento, es por lo que revisado minuciosamente la causa procede a dejar sin efecto dicho auto y ordena la REPOSICIÓN de la presente causa, al estado de que sea citada solo la persona que funge como administradora de la Junta de Condominio del Conjunto residencial Los Girasoles de esta Ciudad de Maturín, quedando válidas las citaciones realizadas a los ciudadanos Luís Monterola y Xiomara Aldana, ambos debidamente identificados en autos, y constando en autos la última citación ordenada, comenzará a computarse el lapso para la contestación de la demanda; y así se decide. Líbrese boleta de citación.
EL Juez Temporal

Abg. Ángel Silva Acuña. La Secretaria,

Abg. Lismary Rincón.


Exp. 661
j.a.