SECUESTRO.
En horas de Despacho del día de hoy 07 de Mayo de 2008, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la ciudadana SUSANNE DRESCHER, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro.76.434, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana SAURETT BRAVO, a los fines de materializar el Mandamiento de Ejecución, a fin de que ponga en posesión a la ciudadana SAURETT BRAVO CARRASCO y el mandamiento ejecutivo a los fines de que la parte demandada ciudadano LUIS RAMON CARREÑO cancele a la demandada la cantidad de Cinco mil Bolívares fuertes (5.000,ooBsf), correspondientes a los cánones de arrendamiento vencidos, de embargar sumas liquidas de dinero más las costas procesales, por la cantidad de Mil Doscientos Cincuenta Bolívares (1250,oo) en caso de que sean bienes muebles propiedad del demandado será el doble de la cantidad condenada en sentencia DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (10.000,oo), más las costas procesales antes identificadas, decretada por el Tribunal Comitente en el Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado contra LUIS RAMON CARREÑO BILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.3.924.573 y siendo las 10:00 a.m, se constituyo en la siguiente dirección: Urbanización Altos de canuro, sector Tipuro, casa nro.8, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas.-. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas comandada por Cabo 1.ero. Alberto Duerto, titular de la cédula de identidad N° 9.896.590.- En este acto el Tribunal designa como perito avaluador al ciudadano José Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.719.218, y como depositaria judicial al ciudadano Rober Villarroel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.8.363.873, quienes estando presente acepta el cargo y presta el juramento de Ley respectivo. Acto seguido interviene la parte actora y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara Secuestrado el inmueble arriba descrito y se le hace entrega a la Depositaria Judicial Monagas, quien lo recibe conforme. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la práctica de la presente medida no genero tasa o arancel alguno, todo de conformidad con los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo. Término. Se leyó y conformes firman siendo las 12:10 p.m.