REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 14 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-000011
ASUNTO : NP01-P-2006-000011


Vista la comunicación de fecha 13-11-2008 suscrita por el Sub Director del Internado Judicial del Estado Monagas, mediante la cual solicita autorización para que el interno ARIAS JACKSON OSCAR, actualmente recluido en ese Centro Carcelario realice actividades como ordenanza del anexo obrero, con salidas a la parte externa del Internado, específicamente en el frente del mismo para realizar las compras diarias y recibir los alimentos que a diario traen los familiares de los demás internos, este tribunal para decidir previamente observa:

Que el penado ARIAS JACKSON OSCAR, fue condenado en fecha 28-07-2008 por el Tribunal Segundo de primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de SEIS AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA, siendo que dicha pena fue ejecutada por este Tribunal mediante auto de fecha 22-09-2008 en la cual se estableció que el referido penado cumplía pena el 15-11-2012 a las 12:00 de la noche, y que cumpliría un tercio de la pena a partir del 15-11-2008, por lo que a juicio del Juez que decide, habiendo sido seleccionado el referido penado para realizar la actividad de ordenanza, este Tribunal de conformidad AUTORIZA al penado JACKSON OSCAR ARIAS, titular de la cédula de identidad N° 12.147.281, para que bajo la seguridad requerida, realice actividades como ordenanza del anexo obrero, con salidas a la parte externa del Internado, específicamente en el frente del mismo para realizar las compras diarias y recibir los alimentos que a diario traen los familiares de los demás internos. AsÍ se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Líbrese lo conducente. Cúmplase.

EL JUEZ

ABG. ARQUIMEDES J. NUÑEZ

LA SECRETARIA

ABG. DELMYS GAMERO.