JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, 06 DE NOVIEMBRE DEL 2.008.

198° Y 149°

DEMANDANTE: MIGUEL JOSE RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.529.978 y de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL: JULIO CESAR SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.776.732, Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 11.776.732, de este domicilio.

DEMANDADO: DOUGLAS PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.163.827 de este domicilio.

ASUNTO: ACCION REIVINDICATORIA

Vista la solicitud efectuada por el abogado, JULIO CESAR SALAZAR, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante, y por cuanto tal petición es procedente, se acuerda de conformidad. A tal efecto, este Tribunal observa que: 1) Efectivamente, se encuentra vencido el lapso de cinco (05) días de despacho concedido por este Tribunal mediante auto de fecha veinte (20) de Octubre del 2008 a la parte demandada, para el cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 08 de Octubre del presente año, tal como consta al folio 171, 2) No consta en autos que la parte demandada haya cumplido voluntariamente; es por tal motivo y a tenor de lo previsto en el artículo 526 Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 651 ejusdem, se ordena la ejecución forzosa de la mencionada sentencia en todas y cada una de sus partes y en tal sentido, se decreta la Ejecución Forzosa basada en la entrega del inmueble ubicado en al Vereda 17 N° 05 del Sector Altos de los godos UP-I, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, el cual esta constituido por una cada de habitación familiar cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: Casa N° 03 vereda 17 en trece metros con cincuenta centímetros (13,50 Mts); SUR: Casa 07 N° 17 en igual extensión; ESTE: Su fondo correspondiente en Nueve Metros con cincuenta centímetros (9,50 Mts) y OESTE: Su frente vereda 17 en igual extensión, dicha entrega debe hacer el ciudadano DOUGLAS PACHECO, ut supra identificado libre de personas y bienes. Para la práctica de la anterior medida se comisiona suficientemente a cualquier JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, PIAR, PUNCERES, BOLÍVAR Y SANTA BÁRBARA DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL. Líbrese el correspondiente mandamiento de ejecución.-



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA
Exp. 28901
Mbrs