Comisión: 04627
ELIAS CORCEGA/CONTRALORIA DEL MUNICIPIO MATURIN.
En horas de Despacho del día de hoy 21 de Noviembre de 2008, siendo las 9:30 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano ELIAS JOSE CORCEGA ANTUARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.3.700.291, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio IVAN ESTANGA, inscrito en el I.P.S.A bajo el No.62.697, a los fines de materializar la Ejecución de la Sentencia dictada en fecha 04 de Marzo de 2.008 dictada por el Tribunal comitente: JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR-ORIENTAL, mediante la cual ordena la reincorporación del ciudadano ELIAS JOSE CORCEGA ANTUARES, a su puesto de Trabajo y a requerir el pago de los salarios dejados de percibir desde el momento que se le suspendió su pago hasta su definitiva reincorporación , en el Juicio de Nulidad de Acto Administrativo, intentado contra la CONTRALORIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS, y siendo las 10:15 a.m, se constituyo el Tribunal en la SEDE de la CONTRALORIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS. Presente BARROME VERA CARLOS, titular de la cédula de identidad N° 6.145.812, en su carácter de CONTRALOR INTERVENTOR, a quien el Tribunal notifico de su misión, y quien procede en este acto acatar la Sentencia dictada en fecha 04 de Marzo de 2.008 dictada por el Tribunal comitente: JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR-ORIENTAL, mediante la cual ordena la reincorporación del ciudadano ELIAS JOSE CORCEGA ANTUARES, a su puesto de Trabajo, y en cuanto al pago de los salarios dejados de percibir me comprometo a realizar el análisis de las partidas presupuestarias y financieras a fin de verificar la disponibilidad para el pago.