REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO

Mediante decisión se declaró CON LUGAR lo solicitado por el abogado Marco José Morales Medina, Defensor Público Penal Noveno, en tal sentido se ACORDO SUSTITUIR a los acusados ALEXANDRA JOSEFINA RAMIREZ MEDINA y DEMERIS JEAN MANUEL CAMPOS DELAGADO, la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en fecha catorce (14) de octubre de 2006 por la medida cautelar sustitutiva de libertad, contemplada en los numerales 3° y 8° del artículo 256 en relación con el artículo 258 de nuestra Ley Adjetiva Penal; así mismo se revocó la Medida Cautelar Sustitutiva de Lbertad al acusado GIOVANNY DEL JESUS SAAVEDRA. Hágase lo conducente.-