REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, PRIMERO DE OCTUBRE DE AÑO DOS MIL OCHO
198º y 149º

Visto el desistimiento suscrito en la ciudadana CARMEN BANESSA MARQUEZ CHAYEB, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.030.603, abogada en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.260, de este domicilio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL C.A., parte demandante en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO, intentado en contra el ciudadano DANICE GONZALEZ, expediente N° 31.260, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Devuelvanse los originales solicitado previa su certificación en autos y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Exp. N° 31.260
ojs La Secretaria