REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, trece (13) de octubre del dos mil ocho (2008)
198° y 149°

ASUNTO N°. NP11-L-2008-000678
DEMANDANTE: Ciudadanos JOSÉ RODRIGUEZ, LENNER RAFAEL BALDAN DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 9.459.405, 19.782.139.
APODERADOS JUDICIALES: Abogs. ERRICO DESIDERIO SCALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.42.284
DEMANDADO: INVERSIONES 639091, C.A. y INVERSIONES 10253, C.A.
APODERADO JUDICIAL: ABOG. JORGE RODRIGUEZ I.P.S.A. N° 44.903 POR INVERSIONES639091, C.A y POR INVERSIONES 10253, C.A. LA ABOG. ANA CECILIA SILVA I.P.S.A. 36.086
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, trece (13) de octubre de dos mil ocho (2008), presentes en este Tribunal por la parte actora el Abogado ERRICO DESIDERIO, quien representa a los ciudadanos JOSÉ RODRIGUEZ y LENNER RAFAEL BALDAN DIAZ, y por la parte demandada, INVERSIONES 639091, C.A. y INVERSIONES 10253, C.A. Los Abogados JORGE RODRIGUEZ y ANA CECILIA SILVA, previa identificación se da inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar que se celebra en los siguientes términos: La parte actora en este proceso indica las pretensiones en el libelo de la demanda, siendo la estimación de la misma, la cantidad total de discriminados así: Bs.F.13.857, 87, BsF11.500,74 respectivamente. Luego de deliberaciones al respecto y de los planteamientos realizados en la presente Audiencia, llegaron a un acuerdo sobre las reclamaciones expuestas y por los conceptos explanados en el libelo de demanda. Siguiendo con ello, la parte demandada para dar por concluido el presente reclamo, y por vía de transacción, ofreció pagar a los trabajadores la suma única y definitiva de TRES MIL DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs.F.3.200,00), SIENDO LA CANTIDAD DE UN MIL CUATROCIENTOS para JOSE RODRIGUEZ Y UN MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES para LENNER BALDAN , que comprenden el pago de todos los conceptos reclamados en el escrito libelar por el tiempo de servicios allí indicado y como consecuencia de la relación de Trabajo que los unió. Las partes acuerdan la siguiente forma de Pago, a saber, la parte demandada entregará y pagará el día VIERNES 24 DE OCTUBRE de 2008, mediante Cheque, a favor de, por la cantidad acordada e indicada anteriormente. Con este pago no quedará ninguna indemnización laboral pendiente, ni diferencias de salarios, ni ningún otro concepto derivado de la relación laboral, demandados y especificados en el escrito libelar, los cuales se dan aquí por reproducidos. En este estado interviene el Apoderado Judicial del demandante, quien manifiesta en nombre de su representado que, acepta el acuerdo y la forma de pago y que nada queda a reclamar por prestaciones sociales y ningún otro concepto laboral, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este Acto, la actora y la demandada solicitaron se expidan copias certificadas de la presente a los efectos correspondientes, las cuales se acuerdan y solicitan la devolución del escrito de pruebas y anexos consignados en el inicio de la audiencia preliminar. En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso en contra de las demandadas INVERSIONES 639091, C.A. y INVERSIONES 10253, C.A. y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se deja constancia que el plazo aquí señalado para el cumplimiento del acuerdo, implica el plazo para el cumplimiento voluntario de la decisión que dispone la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, en caso de no realizar el pago en la oportunidad señalada, se procederá a la ejecución forzosa, previa solicitud de la parte, conforme lo disponen los Artículos 180 y 181 de la Ley Adjetiva Laboral.
LA JUEZA,


Abog. DERVIS PEREZ MARTINEZ EL SECRETARIO (a)


LAS PARTES:


La Parte Demandante La Parte Demandada





En este acto, se da cumplimiento a lo ordenado y se expiden las copias certificadas acordadas.
EL SECRETARIO (a)