REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, veintidós (22) de Octubre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º



ASUNTO: NP11-L-2008-0001059


Vista el acta de fecha 20 de Octubre de 2008, mediante la cual este Tribunal se reservo un lapso de tres (3) días hábiles para pronunciarse sobre lo solicitado por la apoderada judicial de la demandada, relativo a la falta de competencia, por cuanto señala dicha representación que el Tribunal competente para conocer de la presente causa es el Contencioso Administrativo, en virtud de que la actora es una funcionario público, cuyo ingreso fue a través de Resolución. Considera prudente este Tribunal, a objeto de brindar seguridad jurídica a las partes, dejar sin efecto el referido lapso, y en consecuencia insta a las partes a presentar la documentación necesaria en la fecha de la continuación de la Audiencia Preliminar, a los fines de que este Juzgado pueda formarse un mejor criterio sobre lo planteado.

El Juez Temporal



Abog. Ramón Velásquez
Secretario (a)