ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.008-651

PARTE ACTORA: Ciudadano, NOMAR NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N 17.934.995.
APODERADA JUDICIAL: Abogado ADRIANA TRUJILLO, inpreabogado N° 96.890.
PARTES DEMANDADAS: MONAGAS PLAZA SPORT, C.A
APODERADOS JUDICIALES: Abogados Abogada ANA CECILIA SILVA, inpreabogado N° 36.086.

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 23 de Septiembre de 2008, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el abogado ADRIANA TRUJILLO, en su carácter de apoderado judicial del accionante, también comparecieron el abogado ANA CECILIA SILVA, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. La parte actora alega que le cancele los montos correspondientes al concepto de diferencia de prestaciones sociales en la cantidad Bs. F. 13.404,22 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar a la accionante la cantidad total de Bs. F. 2.951,24; el cual será pagado para el día viernes 26 de Septiembre de 2008. La apoderada judicial del accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, el cual será consignado por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo de esta Jurisdicción.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO. Este Tribunal hace entrega de las pruebas promovidas por las partes.-
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO