ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000057

PARTE ACTORA: JOSE RAFAEL NUÑEZ

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Maria Inés Baralt León, Inpreabogado N° 60.601.

PARTE DEMANDADA: BOMDECO, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado José Rafael Parra y Jesús Montiel, Inpreabogados N° 83.410 y 105.330 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 23 de Abril de 2009, siendo las 2:08 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE RAFAEL NUÑEZ en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada María Ines Baralt y BOMDECO C.A en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado José Rafael Parra, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 27/04/09 en la sede del Tribunal la cantidad de dieciocho mil bolívares fuertes (Bs.F. 18.000,00). Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones anuales y bono vacacional vencido y no disfrutado, utilidades convencionales, dotación de bragas, ticket cesta e interés moratorios. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto no conste en actas la totalidad del pago acordado. Se entrega a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

El Secretario

Los Presentes: