Comisión: 04812
JOSE DE LA CRUZ REQUENA FERNANDEZ/ WILLIAN JOSE GUATARASMA.
En horas de Despacho del día de hoy 27 de Abril de 2009, siendo las 10:30 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañados por el abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.902.672, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 121.717, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante JOSE DE LA CRUZ REQUENA FERNANDEZ, a los fines de practicar la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra WILLIAN JOSE GUATARASMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.9.286.479, y siendo las 11:35 a.m., se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Urbanización Laguna Paraíso, Calle 13, casa Nº 807, de esta Ciudad de Maturín, del Estado Monagas. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por un perito avaluador al ciudadano EZEQUIEL CALZADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.334.942, y como representante de la Depositaría Judicial ROBER VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.363.873, quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley respectivo. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas. La parte actora señalo bienes propiedad de la parte demandada y los mismos fueron embargados preventivamente por el Tribunal hasta cubrir la cantidad de NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (94.800bs).