ACTA
 
 
N° DE EXPEDIENTE  PRINCIPAL: NP11-L-2.009-166
 
 
PARTE ACTORA: Ciudadano,  DULIO LIRA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 10.302.878 
 
APODERADO JUDICIAL: Abogado  EDUARDO OVIEDO, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 92.851.
 
PARTE DEMANDADA: KAYSON COMPANY VENEZUELA, C.A.
 
APODERADO JUDICIAL: Abogado MARIANGELA RODRIGUEZ, inscrito en lo Inpreabogado bajo el N° 121.278.-
 
 
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. 
 
 
En el  día de hoy 06 de Abril de 2009, siendo la oportunidad  fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el abogado   EDUARDO JIMENEZ, en su carácter de apoderado judicial del accionante, también compareció el abogado MARIANGELA RODRIGUEZ,  apoderado judicial de la demandada. Las parte actora alega que le cancelen los montos correspondientes al concepto por  diferencia de prestaciones sociales en las cantidades  Bs. F.  12.958,28 por otra  parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar la cantidad total y definitivo de Bs. F. 4.500,00. El apoderado judicial del accionante manifestó que acepta  el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos  realizados antes señalados. Ambas partes acuerdan que el pago se realizará el día 22 de abril de 2009. El pago será consignado mediante en la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. - 
 
 Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente  acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público,   HOMOLOGA  EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes. El Tribunal hace entrega de las pruebas promovidas por las partes.-
 
LA JUEZA 
 
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
 
LAS PARTES COMPARECIENTES.
 
  EL SECRETARIO 
 
 
 
 
 
 
 
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