REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 4261-09

En el día de hoy miércoles primero (01) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40 AM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una casa signada con la Nomenclatura Municipal No. 69-38, ubicada en el Sector Los Olivos, calle 71B, Jurisdicción del Municipio Maracaibo estado Zulia, sitio señalado por los apoderados judiciales de la parte actora abogados CARLOS EDUARDO ADRIANZA PEREZ y AMILCAR BOSCAN PARRA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedula de identidad Nos. 5.819.382 y 7.610.493 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 29.079 y 25.318, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil BOLIVAR BANCO C.A., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CITY CARS, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de Mayo de 2006, bajo el No. 57, tomo 40-A, y el ciudadano HERVING JOSE URDANETA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.004.124, en su carácter de fiador solidario. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión a un ciudadano quien manifestó llamarse José Antonio Díaz, quien dijo que su cedula de identidad era la No. 16.727.878, quien se negó a dar acceso al Tribunal al interior del inmueble, indicando que el ciudadano HERVING JOSE URDANETA GONZALEZ, no residía en esa casa. En este estado presentes los apoderados judiciales de la parte actora abogados CARLOS EDUARDO ADRIANZA PEREZ y AMILCAR BOSCAN PARRA, antes identificados, expusieron: “Vista la negativa de la persona notificada a dar acceso al Tribunal al interior del inmueble y visto que no se pudo ubicar un perito cerrajero para intentar ingresar al interior del inmueble, solicitamos al Tribunal SUSPENDA la ejecución de la presente medida y no remita la comisión al Tribunal de la causa”. El Tribunal visto el pedimento hecho por los apoderados judiciales de la parte actora SUSPENDE la ejecución de la presente medida y se abstiene de remitir la comisión al Tribunal de la causa. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las doce y veinte minutos de la tarde (12:20 PM), del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA




EL SECRETARIO

ABOG. JOSE SOTO ASPRINO