REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 21 de Abril de 2009
199º Y 150º
Vista la transacción celebrada por las partes, ciudadanos EUDIS ARMANDO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.- 5.783.594, parte demandada, debidamente asistido por la profesional del derecho ROSSLENY CARABALLO NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.509, y por la ciudadana YELITZA VILLALOBOS LOSSADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.831.325, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.601, parte actora en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, y por cuanto este Tribunal considera que la referida Transacción no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y, en consecuencia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos EUDIS ARMANDO ESCALONA y YELITZA VILLALOBOS LOSSADA, parte s intervinientes en la presente causa, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en Maracaibo a los veintiún (21) días del mes de Abril de Dos Mil Nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA

ABG. CARLOS RAFAEL FRÍAS ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha anterior, se dictó y publicó la anterior Resolución el presente expediente No.- 12009, quedando anotada bajo el No.- 104
LA SECRETARIA

ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL