REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE
199º y 150º
Visto el desistimiento del procedimiento suscrito por la ciudadana EVA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.795.273, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.853, Apoderada Judicial de la sociedad mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A., parte demandante en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentado contra el ciudadano LUIS ALBERTO ALCINA CHACIN, correspondiente al expediente N° 30.894, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Devuelvanse los originales solicitado previa su certificación en autos y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
La Secretaria,
Exp. N° 30.894
AJLT/rp.
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