REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

INTERLOCUTORIA. EXP. 17.136

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SALA SEGUNDA DE JUICIO. Maturín, 6 de agosto del 2009.

199° Y 150°

Revisadas como ha sido las actas procesales, se observa en la presente acción de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, la misma fue dirigida contra los ciudadanos DARWIN RAMON ESPINOZA NUÑEZ y VANESA FABIOLA MARTINEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Sector El Morichal, callejón 6, casa No. 19 de la ciudad de Maturín, estado Monagas y titulares de las cédulas de identidad Núms. 16.940.925 y 17.722.011, respectivamente. Ahora bien, del auto de admisión se desprende que solo se ordenó la citación de la ciudadana VANEZA FABIOLA MARTINEZ, progenitora de la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), omitiéndose la citación del ciudadana DARWIN RAMON ESPINOZA NUÑEZ. Que siendo el Juez el Director del Proceso debe corregir los errores que acarreen la violación del algún derecho o garantía constitucional, motivo por el cual, con base a lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda reponer la causa al estado de citar al ciudadano DARWIN RAMON ESPINOZA NUÑEZ, quedando sin efecto el auto de fecha 08/05/2008 en la cual se hace constar que la ciudadana VANESA MARTINEZ no compareció a dar contestación a la demanda. Se acuerda, igualmente, dejar sin efecto la realización de la prueba heredo-biológica por parte del IVIC, y en su defecto, el Tribunal la acordará en la oportunidad de la contestación de la demanda. Queda con efecto y valor la citación realizada a la ciudadana VANESA MARTINEZ y la notificación practica a la Fiscal Octava del Ministerio Público del estado Monagas. Librese boleta de citación. Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL SEGUNDA


ABG. ELINA CIANO DE COOLS

LA SECRETARIA DE SALA



ABG. DIANA MINERVA LEZAMA


Exp. No 17136