Comisión Nº 04958.
OLY JOSEFINA BOLIVAR CORDERO/ BLADIMIR ANDRES CENTENO RODRIGUEZ.
En horas de Despacho del día de hoy 06 de Agosto de 2.009, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la ciudadana OLY JOSEFINA BOLIVAR CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.921.320, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio NOEMI MARIÑO RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.206, a los fines de practicar la Medida de Embargo Preventivo del cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano BLADIMIR ANDRES CENTENO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.337.145, como trabajador de la Empresa CNPC, SERVICES VENEZUELA LTD, S.A, y siendo las 10:30 a.m, se constituyó el Tribunal en la sede de la empresa CNPC, SERVICES VENEZUELA LTD, S.A, ubicada en la calle B-12, con calle C-3, sector Oeste de la Zona Industrial, de esta Ciudad de Maturín, del Estado Monagas.- Presente EDGAR VALDERRAMA, titular de la cédula de identidad Nº 10.508.285, en su carácter de SUPERINTENDENTE DE NOMINA, a quien el Tribunal notifico de su misión.- El Tribunal en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara Embargado Preventivamente del cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano BLADIMIR ANDRES CENTENO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.337.145,como trabajador de la Empresa CNPC, SERVICES VENEZUELA LTD, S.A, asimismo, se le ordena a la persona notificada informe a este Tribunal en el plazo de dos (2) días contados a partir de la presente fecha sobre los montos detallados de las prestaciones sociales que le corresponden al ciudadano BLADIMIR ANDRES CENTENO RODRIGUEZ , dicha información deberá ser remitida a la sede de este Tribunal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 594 del Código de Procedimiento Civil. En este acto interviene la persona notificada y expone: El ciudadano BLADIMIR ANDRES CENTENO RODRIGUEZ se encuentra activo en esta empresa y me reservo el lapso concedido a los fines de informar sobre los montos. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:30 a.m.-
La Juez Suplente Especial,
La Parte demandante y su Abogada Asistente.
La persona Notificada,
La Secretaria
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