REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL L.O.P.N.A


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente
Maturín, 11 de Agosto de 2009
199º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2009-000145
ASUNTO : NP01-D-2009-000145
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL: ABG. DILIA MENDOZA BELLO
SECRETARIA: ABG. MARIA GABRIELA BRITO
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA
FISCAL DECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MIRIAM GARELLI
DEFENSOR PUBLICO: ABG. MIGDALYS BRITO
VICTIMAS: ESTADO VENEZOLANO

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en la presente asunto seguido al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito , POSECION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad. Se observa que hay dos solicitudes uno de la defensa y otra del Ministerio Público.
La defensa Abogado MIGDALYS BRITO solicita que como el adolescente reside en Punta de Mata, le sea extendido el plazo de presentaciones de cada Ocho (08) días a cada Cuarenta y Cinco (45) días, alega razones de tipo económicas. Este Tribunal Observa que como las Medidas cautelares deben ser de posible cumplimiento se acuerda MODIFICAR las presentaciones del adolescente IDENTIDAD OMITIDA a cada Treinta (30) días.
En relación con la solicitud del Ministerio Público que este Tribunal autorice la destrucción del material incautado en la presente causa que según la Experticia Química Botánica, suscrita por los Expertos Dr. Eliseo Padrino Marín y la Dra. Marvy Marchan Salas, resultó ser: A.- Sustancias en forma de polvo de color blanco y aspecto brillante, peso neto 800 mg, componente Cocaína Clorhidrato. B.- Fragmentos vegetales de color pardo verdoso y semillas del mismo color de aspecto globuloso, peso neto 500 mg, componente Marihuana. Este Tribunal conforme al artículo 11|9 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Ordena la Destrucción de la Droga incautada.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Este Tribunal conforme al artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Ordena la Destrucción de la Droga incautada. Segundo: Este MODIFICAR las presentaciones del adolescente IDENTIDAD OMITIDA a cada Treinta (30) días. Líbrense los correspondientes oficios. Cúmplase.-
LA JUEZA DE CONTROL,


ABG. DILIA MENDOZA BELLO


LA SECRETARIA,

ABG. MARIA GABRIELA BRITO