REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, diez de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: VP01-L-2009-001669
Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha diecinueve (19) de Noviembre de 2009 por el abogado en ejercicio Marcel París Pérez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 103.457, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada SERVICIO DE TRANSPORTE BANCARIO, C.A. (SETRABANCA) representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y la apoderada judicial abogada Mireya Ortiz, inpreabogado N° 51.852 en representación del ciudadano MARTIN ENRIQUE GONZALEZ CAMPOS en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga al demandante la cantidad de diez mil bolívares (Bs. 10.000,00), observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto ordenándose su archivo definitivo y la devolución de las pruebas consignadas en la Audiencia Preliminar y sus respectivos anexos. Se provee sobre la solicitud de una copia certificada, ordenándose sea expedida la misma, de la transacción y del presente auto que homologa.
EL JUEZ,

ABOG. ANTONIO BARROSO El SECRETARIO,