REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, catorce (14) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: NP11-L-2008-000756
PARTE DEMANDANTE: BETSY DEL CARMEN RORIGUEZ DE BERMUDEZ identificada con la Cédula de Identidad N° 13.656.443
APODERADOS PARTE DEMANDANTE (NO COMPARECE)
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES CONFISUR C.A.
APODERADOS /REPRESENTANTES RACHID RICARDO HASSANI Y MEYCKER ABAD I.P.S.A. N° 35.713 Y 93.963
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En fecha quince (15) de mayo del año dos mil ocho (2008) se presenta la ciudadana BETSY DEL CARMEN RORIGUEZ DE BERMUDEZ ,asistida por el ABOGADO Julio Gonzalez Guevara con escrito de demanda en el cual expone sus alegatos y estimación de la demanda, la cual fue recibida por este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en esa misma fecha.
En fecha quince(15) de mayo de 2008, se procedió a su admisión y se libró el correspondiente Cartel de Notificación a la empresa. Una vez cumplidas las formalidades de la debida notificación de la empresa demandada, cumplido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó el inicio para el día veintiocho (28) de octubre de 2009, en la cual compareció la Apoderada Judicial del accionante, tal y como se dejó constancia en el acta respectiva que cursa en autos. Prolongando la audiencia para el día jueves 12 de diciembre de 2009 y luego para el lunes 07 de diciembre, fecha en que el Tribunal difirió la audiencia para el día lunes 14 de diciembre de 2009 a las 2 pm. según auto de fecha 9 de diciembre de 2009 . Este Juzgado dejó constancia en acta, que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo a la hora fijada, NO COMPARECE el ciudadano accionante ni por sí ni por Apoderado Judicial Alguno, y se deja constancia de que comparece por la parte demandada los abogadosl RACHID RICARDO HASSANI Y MEYCKER ABAD según poder que consta en autos.
Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, debido a que su falta acarrea consecuencias jurídicas que dispone la Ley Adjetiva Laboral, forzosamente este Juzgado dicta la decisión oral conforme al caso.

DECISIÓN

Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de la Ciudadana BETSY DEL CARMEN RORIGUEZ DE BERMUDEZ parte actora en este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado procedió a dictar la decisión en forma Oral cuya constancia queda en el Acta levantada al efecto, y publicarla de la siguiente forma: este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009). 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

DIOS y FEDERACIÓN

LA JUEZA


Abog. DERVIS PEREZ MARTINEZ


LA SECRETARIA (O)

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-