REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 20 de Enero de 2009
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-1999-000001
ASUNTO : NL01-P-1999-000001

AUTO ORDENANDO EXHORTO

Por cuanto del oficio de fecha 10-12-2008 procedente del Centro Penitenciario Los Llanos de Guanare Estado Portuguesa, donde informa que el penado JOSE JESUS RONDON, C.I. 13.813.167, en fecha 08-12-2008 ingresó aablecimiento penal , según mensaje de fax N° 00012118 de fecha 023-12-2008 ordenado por la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, es por lo que en consecuencia a los fines de garantizar los derechos del precitado penado, este Tribunal ordena librar exhorto a los Tribunales de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Guanare Estado Portuguesa, a los fines de que continúen con el cumplimiento adecuado del régimen penitenciario, para el control y vigilancia de la ejecución de la pena impuesta al ciudadano en referencia, solo en lo que respecta al las facultades previstas en el ordinal 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. El presente exhorto se expide de conformidad con el artículo 481 ejusdem. Hágase lo conducente. Cúmplase.

EL JUEZ

ABG. ARQUIMEDES J. NUÑEZ

LA SECRETARIA

ABG. DELMYS GAMERO.