REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, quince (15) de Enero de dos mil nueve (2.008).
198° y 149°

Vista la diligencia de fecha quince (15) de Diciembre de 2008, suscrita por el Abogado NOEL BRAZÓN, mediante la cual anuncia RECURSO DE CASACIÓN contra la sentencia de fecha diez (10) de Diciembre de 2008. Este Tribunal NO OYE EL RECURSO DE CASACIÓN contra la sentencia dictada en el presente juicio; de conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 12 de Julio de 2005, sentencia Nº 1573, que señala: “…que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la misma que imperaba para el momento en que se interpuso la demanda…”, y de actas no se evidencia la oportunidad en que fue propuesta la demanda a los fines de determinar la cuantía de la presente acción y consecuentemente si tiene cuantía casacional, aún así podría presumir este Juzgado que la fecha en que se libro la Boleta de Intimación es la misma de la admisión de la demanda, en razón de ello la presentación de la misma debió ser en ese mismo año, sin embargo de la sumatoria realizada a las cantidades contenidas en la referida boleta se observa que asciende a la cantidad de CIENTO TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON NUEVE CENTIMOS (Bs. F 113.441,09), siendo la cuantía casacional de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 138.000,00), observándose que no es procedente el presente recurso; En razón a ello este Tribunal NO OYE dicho recurso y se hace constar que los Diez (10) días concedidos para el ejercicio del referido recurso vencieron en fecha miércoles catorce (14) de Enero de 2.009 y se deja constancia de los días transcurridos: Viernes 12; Lunes 15; Martes 16; Jueves 18 de Diciembre de 2008; Miércoles 07; Jueves 08; Viernes 09; Lunes 12; Martes 13 y Miércoles 14 de Enero de 2009.-
El Juez Temporal.

Abg. David Rondón Jaramillo.
La Secretaria.


Abg. Maria del Rosario González.

Exp. Nº. 008827
DRJ/mg.-