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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN,  NUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE
 
 198º y  149º
 
 Visto el desistimiento  suscrito en  la ciudadana LOLISMAR COROMOTO VERACIERTA ECHENIQUE, debidamente identificada, asistida en este acto por el ciudadano LEOPOLDO DIEZ SOTO, venezolano, mayor de edad, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N°  100.690,  de este domicilio,  parte demandante en el presente juicio de PARTICION DE BIENES CONCUBINARIOS,   intentado en contra  el ciudadano ROBERT JOSE SUKIS YENDIS, debidamente identificado, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Expídanse por secretaria las copias simple solicitada y entréguesele  al interesado a los fines legales consiguientes.
 
 
 Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
 JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
 
 Exp. N° 31.091
 ojs							La Secretaria
 
 
 
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