REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRICPION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 15 de Enero de Dos Mil Nueve.

198° y 149°

Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo consagrado en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones bastante y suficiente para asegurar el derecho de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, PEDRO RAFAEL HERNANDEZ FEBRES, alegado por la solicitante, ciudadana MARITZA DEL JESUS RAMOS DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.028.501, quien actúa en nombre y representación de su hija Adolescente (Cuyas Identificaciones Se Omiten, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente) , venezolana, de Trece (13) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 23.538.605, de este domicilio, y en consecuencia, todo ello con fundamento a la solicitud que encabeza estas actuaciones, a las declaraciones rendidas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos: VALMY DEL VALLE NATERA ESPINOZA Y JOSE RAFAEL RAMOS LOPEZ, debidamente identificados, y los recaudos anexados evidencian que los ciudadanos MARITZA DEL JESUS RAMOS DE HERNANDEZ, MARY TWIGGY HERNANDEZ, PEDRO RAFAEL HERNANDEZ, ANA ISKRA HERNANDEZ Y la Adolescente (Cuyas Identificaciones Se Omiten, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente) , titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.028.501, 13.813.438, 13.248.257, 15.904.634 y 23.538.605, respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Difunto, ciudadano PEDRO RAFAEL HERNANDEZ FEBRES, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.695.370. Expídase por secretaria copia certificada de estas actuaciones a la parte interesada y anótese en el libro de solicitudes llevados por ante este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ PROFESIONAL PRIMERA

Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.



LA SECRETARIA

Abg. MARIA FABIOLA TEPEDINO






Exp. N° 7095-08
JACKISS