REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOCE DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE

198º y 149º

Vista la anterior diligencia suscrita por los ciudadanos: JOSE ALEJANDRO SOUQUETT y FERNANDO SOUQUETT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.281-487 y 9.900.210, respectivamente, en su carácter de Presidente y Vice-presidente de la sociedad mercantil demandada, GRUPO EMPORIO, C.A., debidamente asistidos por el abogado en ejercicio RONALD SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.332 y de este domicilio, parte demandada y la ciudadana CYNTHIA SALAZAR, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.813.474, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° V-93.411, en su carácter apoderada judicial de FULL POLLO, C.A., C.A., parte demandante, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (vía intimación), interpuso la segunda contra la primera nombrada, mediante el cual celebran una transacción; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes. Se le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada a la presente transacción. Devuélvanse los originales solicitados previa certificación en autos.-


ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,

ABOG. YOHISKA MUJICA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.
Exp. 31.633
tula