REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 20 de Julio de 2009
199° y 150

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2009-000187
DEMANDANTE: PEDRO RAFAEL CEDEÑO VELASQUEZ
APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTE ACTORA: ABOGDOS. MIGUEL GOLINDANO Y OTROS
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE SEMBER, C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS BALZA SOLE
MOTIVO: PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy lunes veinte (20) de Julio de 2009, siendo las 3:30 PM., habilitando el tiempo útil, en el Juicio, que por Pago de Prestaciones Sociales, le tiene incoado el ciudadano: PEDRO RAFAEL CEDEÑO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.462.586, parte actora y presente en este acto, comparecen a esta Audiencia los abogados en ejercicio: MIGUEL GOLINDANO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 91.652, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez CARLOS BALZA SOLE, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 98.752, asistiendo en este acto al ciudadano ESPARTACO RODRIGUEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.800.582, en su condición de Vice-Presidente de la empresa demandada, En este estado las partes le presentan al juez un acta Transaccional, transcrita por ellos, la cual en su Cláusula Primera se especifican los términos de la misma, así como todos los conceptos laborales objetos de esta demanda que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en el escrito libelar y los cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, causa esta que se encuentran en fase de Ejecución, por Sentencia Definitiva dictada por este Juzgado, en fecha 20 de Abril de 2009, cuya Acta Transaccional se anexa a la presente. Acto seguido el apoderado judicial de la empresa demandada, ofrece pagar al trabajador la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 8.653,38), monto este que es igual a la cantidad transcrita en la mencionada Cláusula Primera, como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, para lo cual hace entrega, en este mismo acto, de los cheques Nos. 47000472, por la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 2.944,80), y otro con el No. 91000471, por la cantidad de SEIS MIL CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 6.057,37), ambos con la leyenda No Endosable, de fecha 20 de Julio de 2009, a nombre del extrabajador ciudadano PEDRO RAFAEL CEDEÑO VELASQUEZ, parte demandante en la presente causa, ya identificado, girado contra el Banco Occidental de Descuento (b.o.d). Transacción esta que es aceptada conforme por el demandante y su apoderado judicial, en este mismo acto. Este Tribunal visto que la presente Transacción ha sido aceptada por los presentes en este acto, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del extrabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que transcurran tres (3) días hábiles, a partir de la presente fecha. Cúmplase.-
Siendo las 4:25 PM. Se dio por terminado el presente acto
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA


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EXP: NP11-L-2009-187
RV/rv