REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVILY MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, QUINCE (15) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.





199° y 150°


Vista la diligencia suscrita por él abogado en ejercicio EDGAR SEVILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.611 y de este domicilio con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OMARFONS ANTONIO HERRERA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad número12.030.58, donde solicita que el Alguacil se traslade nuevamente a la dirección señalada en dicha diligencia, el Tribunal niega dicha solicitud, en virtud de que mediante diligencia de fecha 08 de junio del 2009, el ciudadano Alguacil consignó a los autos la boleta de notificación y dejó constancia que se traslado a la Calle Carvajal, Casa Nº 264 de esta ciudad de Maturín y le fue imposible localizar a la ciudadana: JESSIKA JACKELIN RAMIREZ LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.215.036 y de este domicilio. Dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.



Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA.
ABOG. YOHISKA MUJICA
Exp. N° 30.878
AJTL/mar.

DEMANDANTE: OMARFONS ANTONIO HERRERA RAMIOREZ
DEMANDADA: JESSIKA JACKELIN RAMIREZ LONDOÑO
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO