Comisión: 04806
ODALCY CARREÑO/ GREYS LINDA LOPEZ BUCARITO
En horas de Despacho del día de hoy 11 de Junio de 2009, siendo las 11:30 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañados por la ciudadana ODALCY CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.553.942, en su carácter de parte demandante y su apoderada judicial abogada en ejercicio MIREYA GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.89.218, a los fines de practicar la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) , intentado contra la ciudadana GREYS LINDA LOPEZ BUCARITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.250.750, y siendo las 11:40 a.m., se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección:, calle ayacucho, Nº 11, Los Guaritos, de esta Ciudad de Maturín, del Estado Monagas.- Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por un perito avaluador al ciudadano Ezequiel Calzadilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.334.942 quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. En este estado interviene la apoderada Judicial de la parte demandante y expone: Solicito al Tribunal me difiera la práctica de la medida y se me fije una nueva fecha por cuanto en el sitio que nos constituimos no se encuentra la parte demandada. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, vista la solicitud realizada por la parte actora, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado. Es todo. Término. Se leyó y conformes firmas. Sin más diligencias que practicar el Tribunal da por concluido el presente acto dejando constancia que el traslado para la práctica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:20 p.m.
La Juez suplente Especial

La parte demandante y su Apoderada Judicial

. El perito Avaluador
La Secretaría