Comisión: 04889
SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A/ SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MARIE ANGIS, C.A.
Seguidamente en horas de Despacho del día de hoy 16 de Junio de 2.009, siendo las 8:30 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano ALEXANDER URDANETA LOPEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.110.506, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A, en el Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoado contra SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MARIE ANGIS, C.A., a los fines de Continuar con la práctica de la Medida de Secuestro decretado por el Tribunal comitente Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sobre un inmueble constituido por: Un local Comercial destinado al Comercio, ubicado en el Nivel Planta Baja, distinguido con las letras y números PB-2, situado en el Nivel uno (1), que forma parte del centro Comercial denominado “Ciudad Comercial la Cascada, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas. Y siendo las 9:30 a.m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente y de conformidad con el último aparte del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil solicito se me designe como Depositario del inmueble. El Tribunal en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara secuestrado el inmueble constituido por: Un local Comercial destinado al Comercio, ubicado en el Nivel Planta Baja, distinguido con las letras y números PB-2, situado en el Nivel uno (1), que forma parte del centro Comercial denominado “Ciudad Comercial la Cascada, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, y de conformidad con el ultimo aparte del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil solicito se me designe como Depositario del inmueble al ciudadano ALEXANDER URDANETA LOPEZ, quien lo recibe en este conforme y jura cuidarlo como buen padre de familia.
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