N° DE EXPEDIENTE: NP11-L- 2009-000134
PARTE ACTORA: ALIZ PIAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.9.899.296, de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN ITRIAGO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 115.722 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: CASVENCA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELEIZY RAMOS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 88.200
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 03 de junio de 2009, habilitaron el tiempo y comparecieron por ante este Tribunal el ciudadano ALIZ PIAMO, en su carácter de demandante, asistido por el Abg. JUAN ITRIAGO, el Abg. ELEIZY RAMOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa CASVENCA, C.A., identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y por cuanto han logrado un acuerdo, en la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal en virtud de tal solicitud acuerda de conformidad, y por vía de transacción, ofreció pagar el ciudadano ALIZ PIAMO, la suma única y definitiva de CINCO MIL QUNIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.500), el cual es cancelada mediante cheque número 47561909 de BANESCO, no endosable, por la cantidad de Bolívares 5.500, a favor del trabajador de fecha 03-06-09 y que comprenden el pago de las Prestaciones Sociales. En este estado el trabajador y su Apoderado Judicial manifiestan que están totalmente satisfecho con la reclamación que se sustanció en la presente causa señalando que no tienen nada más que reclamar a la empresa demandada por concepto de beneficio o indemnizaciones derivadas de la relación laboral que mantuvo con ésta; de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del expediente. Expídase por secretaria las copias solicitadas y acordadas y entréguesele a los peticionarios. Se entregan las pruebas consignadas por las partes
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata

El Trabajador y su Apoderado Judicial.

El Apoderado Judicial de la empresa.

El Secretario(a)
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario (a).