REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido al acusado: TOMAS ENRIQUE GARCIA VELASQUEZ , es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:

Identificación del Acusado

TOMAS ENRIQUE GARCIA VELASQUEZ, Venezolano, de 39 años de edad, soltero, con 2to grado, nacido en fecha 21/12/1969, Natural de Rió caribe Estado Sucre, hijo de Modesta Velásquez de García (V) y de Simón García (V), de ocupación Pescador y comerciante , C.I. V- 12,741.018 domiciliado Boquerón del Zorro calle 2 casa S/n casa sin frisar a 50 metros del tanque de agua de la sabanita y cerca de la bodega de “PAITO” Maturín estado Monagas, teléfono 0416 9966946 , por el delito de ULTRAJE CONTRA LAS PERSONAS INVESTIDAS DE AUTORIDAD PUBLICA, previsto y sancionado en el Artículo 222 del Código Penal Venezolano.

De los Hechos y Motivos en Relación al acusado
“En fecha 03 de diciembre del 2006, siendo aproximadamente las 2:00 horas de la tarde, al momento que pretendía ejercer el derecho al voto en el marco de la elecciones presidenciales en la Escuela Básica Bolivariana Beltrana de Figueroa, son motivo alguno se dirigió verbalmente al efectivo militar Robert Javier Limpio, acreditado como funcionario del plan Republica X 2006, a quien ofendió con palabras soeces y ello ofende la dignidad el honor y la reputación de su investidura como autoridad militar, motivo por el cuela el aprehendido y traslado a la sede del Comando de Guarnición donde notificaron del procedimiento al fiscal del ministerio publico de guardia. El ministerio publico una vez obtenida la información de estos hechos a través del auto de apertura a la investigación penal, ordena que se practiquen todas las diligencias tendentes al total esclarecimiento de los hechos, a lo que se contrae los artículos 283 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal, y los funcionarios de la sub.- Delegación Maturín del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, logra individualizar al presunto autor del hecho como TOMAS ENRIQUE GARCIA VELASQUEZ y luego se presento por ante el Tribunal de Control quien decreto Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad y actualmente dicho ciudadano se encuentra en libertad.

Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por el Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público, Abg. JESUS ENRIQUE REQUENA, en cuanto a la calificación jurídica del delito de ULTRAJE CONTRA LAS PERSONAS INVESTIDAS DE AUTORIDAD PUBLICA, previsto y sancionado en el Artículo 222 del Código Penal Venezolano.


Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley.; asimismo se le concede el derecho a la Defensa Pública de adherirse a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.







Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para el Ciudadano TOMAS ENRIQUE GARCIA VELASQUEZ, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE CONTRA LAS PERSONAS INVESTIDAS DE AUTORIDAD PUBLICA, previsto y sancionado en el Artículo 222 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano ROBERT JAVIER LIMPIO.





Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.

Instrucción al Secretario

Se instruyo al Secretario de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
JUEZA CUARTA DE CONTROL

ABG. LISSET PRADA GUERRERO

EL SECRETARIO

ABG. ENRY PINEDA